DETENIDOS POR
INMIGRACION
Este artículo fue escrito el 27 de Julio de 2020. Las leyes y regulaciones son muy fluidas y es posible que no estén vigentes o han sido enmendadas. Ninguna información escrita en estos artículos constituye asesoría legal.Para mas informe haga una cita en nuestra oficina o consulte con un abogado.
DETENIDOS
Si entro a los Estados Unidos sin documentos hace menos de 14 días y lo detuvieron a menos de 100 millas de las frontera es posible que para salir libre tenga que pedir una entrevista de TEMOR CREÍBLE o
TEMOR RAZONABLE si teme regresar a su país.
Temor Creíble es para las personas que vienen por primera vez.
Temor Razonable es para los han sido deportado anteriormente o convicto de un delito grave.
Tiene que avisar al OFICIAL DE DEPORTACIÓN que está a cargo de su caso que quiere tener la entrevista. El oficial de deportación avisara al OFICIAL DE ASILO que quiere ser entrevistado.
Por lo general demora de 2 a 4 semanas en tener la entrevista. Generalmente la entrevista con el oficial de ASILO POLÍTICO demora alrededor de una hora y es por teléfono. Despues tendra el resultado de la entrevista en unos días, si logra convencer a oficial de asilo que tiene un temor credible es posible que el oficial le fije una FIANZA.
Si después de aprobar su entrevista de temor creíble el oficial de deportación no le fija fianza o es excesiva tendrá que pedir a la CORTE DE IMMIGRACION que revise la decisión del respecto a la fianza. Si no logra a convencer al oficial de asilo sobre su temor creíble tendrá que quiere apelar la decisión a la corte de immigracion, si en apelación logra que el juez de inmigracion reverse la decisión del oficial de asilo negando su temor creíble, entonces puede pedir al juez de immgracion que le fije una audiencia para determinar su situación con respecto a fianza en el futuro. Si en apelación el juez de immigracion reafirma la decisión del oficial de asilo negando su temor creíble es muy probable que sea deportado.
El procedimiento en las entrevistas de temor razonable es similar a las de temor creíble. Si en la entrevista de temor razonable el oficial de asilo o el juez de immigracion determina que tiene un temor razonable de regresar a su país el juez le dará la oportunidad de presentar su caso pero no obtendrá fianza. Por lo general estará detenido antes de poder presentar su DEFENSA DE DEPORTACIÓN
La fianza puede ser pagada en muchas oficinas donde se encuentran las OFICINAS DE IMMIGRACION. El pagador tendrá que presentar identificación, seguro social y un cheque de un banco o giros de la oficina de correos por la cantidad exacta a pagar a U. S, Department of Homeland Security. Frecuentemente los oficiales de deportación le piden evidencia que ya ha hecho arreglos para el transporte del detenido a su nuevo domicilio antes de aceptar el dinero para la fianza, también puede utilizar los servicios de una CASA DE FIANZAS
El Juez necesita una CARTA DE APOYO para saber quién se responsabiliza que el detenido se presente a las futuras audiencias en la corte de immigracion, si queda libre bajo fianza. Muchos cometen el error de escoger a cualquier persona aunque apenas la conozcan para la carta de apoyo . Luego el dia de la audiencia el fiscal o el juez le pueden hacer preguntas de datos personales sobre la persona que le ofrece la carta de apoyo tales como (cuántos hijos tiene, soltero o casado, donde nació, etc). Si no puede responder las preguntas, creerán que los está engañando y el resultado es peor para determinar si le dan libertad bajo fianza.
Muchas veces, pero no siempre, principalmente a las mujeres que entran con hijos no necesitan pasar este proceso para salir en libertad, s muy posible que solamente le pongan un GRILLETE en el pie y tenga que reportarse periódicamente I.C.E.
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